Desde el principio no vale solo con nuestra idea de negocio. Tienes que conocer los aspectos básicos de los impuestos y obligaciones de un autónomo que harán que tu marca crezca desde una base sólida.
Por Cristina Bosque. CEO y diseñadora de Cris B.
Imagen de Portada: Cristina Bosque.
Desde Slow Fashion Next me invitaron a hablarte desde mi experiencia del “desconocido mundo” de los impuestos, los precios y la contabilidad en una marca de moda sostenible.
Tres palabras que parece no van con nuestra bonita marca. Pero si, siento decirte que hay que contar con muchos números para que nuestro proyecto sea sostenible en el tiempo y vaya creciendo sin agujeros.
Soy Cristina de la marca Cris B y hoy quiero hablarte de impuestos, desde mi propia historia y con las palabras más sencillas que tenga. Seguramente será con tu mismo lenguaje porque yo también he crecido poco a poco y aprendiendo en el camino.
Si queréis que vuestra marca crezca saludable hay que saber también las obligaciones fiscales
Es muy importante formarse en como crear nuestra marca, de hecho yo hice varios cursos de Slow Fashion Next que fueron fundamentales. Pero saber lo básico de los impuestos y otras áreas económicas también es imprescindible. Sino, no podrás crecer.
Como te lo quiero poner fácil. Voy a hacer un listado de los impuestos anuales que deberás tener en cuenta. Voy a hacerlo desde el lado de un autónomo, que posiblemente sea la forma más común y siguiendo un orden más o menos cronológico.
ALTA EN RETA
Darte de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos será el primer paso que tienes que realizar para que la seguridad social te tenga como nuevo trabajador.
ALTA DE HACIENDA. Modelo 036 o 037
Después del alta en la Seguridad Social, tienes que darte de alta en Hacienda. Así notificas el inicio de tu actividad por cuenta propia. Este modelo también se usa para los cambios de domicilio o cualquier otro dato identificativo.
Solo hay que rellenar unos datos sencillos y básicos. Será el modelo 036 o 037 en función de las características de la actividad. Importante informarse de esto y de los plazos entre el alta de RETA y este porque puedes tener problemas si no los cumples.
Antes de hacer este alta habrás tenido que mirar en qué IAE quieres incorporar tu actividad. Algunas veces es sencillo, pero siempre conviene saber pros y contras, porque hay IAE profesional y empresarial. Y dependiendo del que elijas, tu forma de facturar puede ser diferente.
PAGO DE IVA. Modelo 303
Es la declaración trimestral del IVA.
Es un impuesto indirecto que grava el valor añadido por cada parte de la cadena producción de un producto o servicio. Este IVA recae sobre el consumidor final ya que cada parte del eslabón va trasladándolo hasta el consumidor final.
Lo primero que debes saber, es que todo lo que ingreses no es para ti, el porcentaje de IVA que puede variar en función de tu producto, aunque generalmente es el 21%, irá directamente a Hacienda porque el autónomo solo es un intermediario entre Hacienda y el consumidor final.
Y ¿la lección de este impuesto es? Guarda el IVA de todos tus ingresos porque lo vas a tener que devolver cada tres meses. Pero tiene parte buena, puede que no tengas que pagar todo, porque si tienes muchas facturas de gastos se puede compensar. Pero no te fíes, guárdalo y luego ya verás si te dan una alegría.
No te asustes con tantos números. Ve poco a poco y paso a paso. Al final llegarás fácilmente
DECLARACIÓN DE RETENCIONES. Modelo 111
Es un modelo trimestral en el que las empresas y autónomos declaran e ingresan las retenciones que hayan practicado durante el trimestre a trabajadores, profesionales o empresarios.
Las facturas con retenciones como norma general están obligados a hacerlas aquellos autónomos en categoría profesional y no empresarial (esto es según el IAE que te he comentado antes).
Esas retenciones serán del 15% en cada factura, salvo excepciones y variaciones que te recomiendo informarte, tanto si necesitas facturar con esta retención como de la forma para pagar esa cantidad de las facturas que hayas recibido con esa retención.
DECLARACIÓN IRPF. Modelo 130
Es una declaración trimestral del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) en el que se liquida el pago fraccionado de este impuesto, a cuenta de la declaración anual que se realiza el año siguiente.
Este modelo es el medio que utiliza Hacienda para recaudar el IRPF de autónomos que no son objeto de retención en sus ingresos a lo largo del año.
En cada trimestre se suman los rendimientos netos acumulados del ejercicio, pero el porcentaje que tienes que pagar, un 20%, se aplicará sólo al trimestre al que corresponde la declaración.
El rendimiento neto es la diferencia entre los ingresos obtenidos y los gastos fiscalmente deducibles de la actividad.
MODELO 349
El modelo 349 es una declaración informativa para detallar las operaciones intracomunitarias, es decir, aquellas compraventas de bienes o servicios realizadas entre profesionales. Será mensual, trimestral o anual en función del importe.
Conviene saber todas sus implicaciones porque seguro que en algún momento tienes facturas de este tipo. Son facturas sin IVA y para poderlas recibir tienes que darte de alta como operador intracomunitario.
Aunque solo sea una declaración informativa tienes que saber que aquellos que te han emitido la factura emitiran un modelo igual y debe de coincidir con el tuyo, sino coincide estarás en el punto de mira de Hacienda.
RESUMEN ANUAL. Modelo 390
Es una declaración informativa de resumen anual de las operaciones relativas a la liquidación del IVA. Sería el equivalente anual del modelo 303 (Declaración trimestral de IVA). Se presenta con el cierre contable de cada ejercicio.
Es solo informativo y no conlleva cargo alguno, aunque es de obligada presentación para el Autónomo y la PYME. Ten en cuenta que este resumen tiene que se correlativo con los modelos trimestrales. Si no coincide te van a revisar las cuentas y este trámite seguro que no quieres que llegue.
DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS. Modelo 347
Es un modelo informativo. No supone el pago o devolución de importe alguno.
Informas a la Agencia Tributaria Estatal de las operaciones con terceros en las que se hayan superado los 3.005,06€ durante el ejercicio anterior.
El importe de 3.005,06 Euros es la suma de todas las operaciones del ejercicio (IVA incluido) con ese cliente o proveedor (independientemente del importe individual de cada factura).
Esta declaración tiene varias excepciones para su presentación porque dependiendo de tu forma jurídica quizás hayas realizado ya está declaración en otros modelos.
Una marca sostenible también debe tener unas cuentas bonitas.
INFÓRMATE Y SERÁ SENCILLO
Espero no haberte asustado. Si lo lees dos veces verás que es más sencillo de lo que parece.
Los requisitos fiscales y contables siempre son una gran duda. Yo te sugiero que si decides hacerlo tú, te informes. Ve a Hacienda en tu ciudad y a la Seguridad Social e infórmate bien de cada modelo, fechas, características y excepciones.
Si te ves capaz de hacerlo todo, ¡adelante! Ahora casi todo se puede hacer a través de sus webs, pero eso no quiere decir que sea mejor.
Yo desde el principio he preferido que me lo hicieran. Siempre es difícil delegar cosas de nuestra marca, pero para mi esta es la más fácil para que me la gestionen desde fuera.
Tu tienes que valorarlo. Yo prefiero dedicar tiempo a mejorar y hacer crecer mi marca Cris B y dejar en manos profesionales esta parte.
Al principio un asesor contable parece un gasto, pero el día que les das tus facturas y recibos y te olvidas, ya no lo ves igual. Yo al menos respiro.
Mi marca Cris B está creciendo y la contabilidad va enredándose. Por eso estoy muy feliz de no ocuparme de los impuestos. Prefiero dedicar tiempo a diseñar nuevos modelos de bolsos o buscar tejidos especiales, porque el fin de mi marca son las personas que me compran y me debo a ellas.
Recuerda, antes de dar el primer paso, infórmate.
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